Seleccionar página
Lo que nos cuesta el fraude en España

Lo que nos cuesta el fraude en España

  • A principios de este año 2020, la Agencia Tributaria dio a conocer un estudio sobre la economía Lo que nos cuesta el fraude en Españasumergida en España situándola en aproximadamente un 11 % del PIB. Sin embargo el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda eleva esa cifra hasta el 25 %, es decir 250.000 millones de euros.

 

  • Dicho de otra manera, la Hacienda Publica estaría dejando de ingresar unos 70.000 millones de euros en concepto de impuestos por ingresos.

 

  • Bien es verdad que los datos de economía sumergida hay que cogerlos con pinzas por la dificultad que entraña medir estas magnitudes por el simple hecho de ser opacas.

 

  • Los expertos afirman que ni en el mejor de los escenarios en el que no existiera economía sumergida, se lograría recaudar el total de los impuestos y creen que, como mucho, se conseguirían 24.000 millones de euros que tan poco es moco de pavo.

 

  • La lucha contra el fraude fiscal consiguió ingresar algo más de 14.000 euros en 2018 lo que supone un incremento de casi el 2% con respecto a años anteriores.

 

  • Las multinacionales españolas permiten a través de artimañas legales y paraísos fiscales pagar menos de un 1% en el impuesto de sociedades lo que sin duda, constituye uno de los problemas más importantes del fisco a la hora de recaudar impuestos.

 

  • A niveles mas terrenales, los detectives privados somos pieza clave en la lucha contra el fraude no solo al destapar numerosos trabajadores que, estando de baja laboral, se dedican a trabajar sin contrato en otras empresas mientras cobran fraudulentamente la mayor parte de su sueldo del erario publico, sino destapando empresas que no facturan sus trabajos con aquello tan conocido de “lo quiere con Iva o sin Iva?. Si es sin iva se ahorra el 21 %”

 

  • Estas prácticas tan extendidas en el sector servicios en nuestro país, suponen ademas de un fraude, una competencia desleal con empresas de su misma actividad que si facturan y por lo tanto cobran el consabido impuesto.

 

  • Desde luego, no hay que descuidar la lucha contra el fraude y para eso también seguiremos estando los detectives privados de Detectib pero todo ello se ha de acompañar de programas de concienciación que animen a la gente a declarar sus ingresos para tener mejores prestaciones sociales. La gestión que hagan los políticos de los ingresos, también es esencial para conseguir esa concienciación de la que hablamos

El Compliance en el sector turístico como clave para mejorar su competitividad

El Compliance en el sector turístico como clave para mejorar su competitividad

Compliance en el sector turístico- DetectibNo hay duda de que el Compliance en el sector turístico actúa como un elemento clave para mejorar su competitividad y su calidad. La aplicación del cumplimiento normativo le sirve de escudo protector contra la comisión de delitos, apoyándose en un modelo de organización y de gestión pensado para evitar o atenuar la responsabilidad penal de las empresas turísticas. Los programas de Compliance (programas de cumplimiento normativo penal) son su máximo aliado: su estrategia se adapta a los valores y al sistema de gestión empresarial y marca una clara política de prevención, detección y respuesta ante delitos. De esta forma, las entidades turísticas hacen frente a las consecuencias de estas infracciones, que pueden llevar a cierres definitivos, suspensión de la actividad y multas, entre otras.

Siguiendo estos criterios, los Programas de Compliance para empresas del sector turístico desarrollados por Detectib se organizan en tres claras áreas de actuación: el diagnóstico de la situación de la empresa, la elaboración del Plan de Prevención de Delitos y la verificación del funcionamiento del modelo de Prevención de Delitos de la Sociedad.  De ahí que su éxito dependa de la adecuada identificación de los procesos de negocio, de los métodos de control y de la concreción de los riesgos, así como de los procedimientos de operación, monitorización y de mejora continua. Todo ello, complementado con un informe de control interno que certifica la eficacia del proyecto.

Con este programa de Compliance Penal en el sector turístico se pone freno a que una empresa pueda resultar penalmente responsable por los actos cometidos por sus directivos, sus representantes legales, sus trabajadores… que le haya generado un beneficio. Entre los delitos más comunes en el ámbito turístico destacan:

  • Blanqueo de capitales
  • Daños informáticos
  • Estafas y fraudes
  • Medio Ambiente
  • Publicidad engañosa
  • Contratación de sin papeles
  • Uso fraudulento de tarjetas
  • Captación de datos personales

Además de evitar la imputación penal de la empresa turística en caso de delito, el Compliance aporta otros beneficios como son la mejora de la gestión y de la reputación empresarial, la mayor seguridad y el mejor acceso a productos y contrataciones (transmite a los proveedores, a los distribuidores, a los organismos públicos… el compromiso de la entidad por el cumplimiento normativo).

Unetur: modelo de calidad y competitividad

Compliance en el sector turístico- DetectibEn línea con este objetivo de consolidar la calidad y la competitividad del sector, la Secretaría de Estado de Turismo ha puesto en marcha recientemente la iniciativa UNETUR (Comité de Coordinación interinstitucional de estándares y distintivos turísticos). El proyecto persigue la coordinación de las instituciones y agentes relevantes de este ámbito para constituirse en  una referencia nacional e internacional. En este último caso mediante la exportación de la metodología de los Destinos Turísticos Inteligentes y el modelo de calidad y competitividad del sector turístico español.

Esta apuesta pretende también compartir conocimientos, potenciar las sinergias entre las distintas entidades, identificar las necesidades de normalización, promocionar la marca Q de calidad y apoyar la Estrategia de Turismo 2030.

Detectib en la GiGAPP: Plan de prevención de delitos en la empresa pública

El pasado mes de septiembre Detectib presentó ante una comunidad multidisciplinar de profesionales su proyecto innovador sobre la implementación de la gestión de prevención de delitos en la empresa pública, en el marco del IX Congreso Internacional en Gobierno, Administración y Políticas Públicas GIGAPP. Durante la intervención, nuestra agencia de investigación privada y criminólogos, abordó la importancia de implantar estos sistemas basándose principalmente en los valores de la ética pública y en la firme lucha contra la corrupción. Como resultado, estableció una guía de referencia en la prevención de la comisión de delitos por parte de los trabajadores y de fiscalización de la actividad empresarial según lo establecido en el Código Penal.

De esta forma, la ponencia de Juan Carlos Delgado, director de Detectib, hizo hincapié en la necesidad de contar con un manual de cumplimiento normativo vivo y dinámico, apoyado en los principios de sensibilización y difusión de las reglas de comportamiento; en la revisión periódica de las actividades que podrían estar potencialmente afectadas por algún riesgo; en el establecimiento de controles adecuados al riesgo de las operaciones; en la segregación de funciones y apoderamientos; en la supervisión de los comportamientos; y en la actualización de las reglas tras posibles cambios normativos.

En este contexto, el análisis de los riesgos existentes pasó a considerarse uno de los principales aspectos para establecer el control necesario sobre las actividades de la empresa pública, al igual que otras actuaciones como la designación de un Órgano de Cumplimiento Normativo para velar por la implantación, el desarrollo y el cumplimiento del modelo de prevención implantado o la definición de un procedimiento disciplinario en caso de incumplimientos del manual. De entre el abanico de comportamientos con mayor necesidad de control (por su mayor probabilidad de ocurrencia) se profundizó en aquellos relacionados con los delitos de corrupción en los negocios; delitos informáticos; delitos relativos al mercado y a los clientes; delitos de insolvencia punible; delito de cohecho; delitos de blanqueo de capitales; y acoso sexual, laboral o mobbing. En la misma línea, se recogieron algunas de las actuaciones más propicias para evitar estos casos, como por ejemplo poner mayor atención a la regularidad de los medios de pago utilizados o a los pagos extraordinarios; a la facturación mediante aparatos automáticos (alteraciones o modificaciones); a los actos como bromas o insultos relativos al sexo, raza, edad, religión… a la utilización de datos reservados, entre otros.

Asimismo, se trató la importancia de relacionar otros sistemas de Prevención y de Calidad con el Manual de Cumplimiento Normativo para conseguir su integración, a través por ejemplo de ideas y sugerencias del personal a la dirección, de encuestas al personal, del Código de Conducta, del Plan de Prevención de Riesgos Laborales, de la auditoría del sistema de Gestión de Calidad según norma ISO 9001, de las Políticas de Protección de Datos/ Seguridad etc.

De igual forma, se profundizó en la importancia de contar con un régimen adecuado de denuncias y respuestas para asegurar que todo acto susceptible de ser considerado como ilícito (con la consiguiente responsabilidad penal de la empresa pública) llega a oídos del Órgano de Cumplimiento Normativo o de su responsable (Compliance Officer), ya sea a través de denuncias de trabajadores a iguales o superiores o de directivos al resto de empleados. En cualquier caso, se destacó la obligación de garantizar la confidencialidad del denunciante y de asegurarle una completa indemnidad.

En este punto, también se trató la necesidad de garantizar todos los cauces para la resolución de los hechos y su uso de cara a mejoras en los sistemas de prevención y control. Del procedimiento sancionador se destacó su  aplicación de acuerdo a las sanciones previstas en el convenio colectivo y en la normativa laboral vigente, bajo la supervisión del Órgano de Cumplimiento Normativo.

Como garantía de la efectividad de las distintas medidas establecidas para prevenir los delitos penales, se abordó la implicación de la empresa en la divulgación entre los trabajadores del Manual de Cumplimiento Normativo y en la formación de los empleados para prevenir los riesgos.

 

El Supremo destaca la importancia del Compliance en las empresas para prevenir delitos

Los programas de Compliance en las empresas son una pieza clave para prevenir que los trabajadores cometan delitos como apropiaciones indebidas, estafas o administraciones desleales en las compañías. Así de contundente lo afirma una sentencia del Tribunal Supremo, que ve en la implementación de estos programas de cumplimiento normativo o Compliance Program “una buena praxis corporativa” para evitar estos supuestos o para detectar de inmediato estas acciones. Las manifestaciones del Tribunal se enmarcan en una resolución condenatoria de 4 años de prisión dictada para el ex administrador de una empresa por un delito de apropiación indebida y de administración desleal. Esta entidad hubiese ahorrado 2 millones de euros si hubiera apostado por el control interno y la organización eficaz que respalda el Compliance.

Compliance penal empresas

El recurso es sin duda un respaldo más para estos programas que tratan de eximir la responsabilidad penal de la persona jurídica cuando delinquen sus directivos o trabajadores, pero también desincentivar los incumplimientos legales y evitar los perjuicios económicos y de reputación que pueden derivarse. De ahí que el Supremo destaque la importancia de implantar programas de Compliance en las sociedades como arma para prevenir la comisión de delitos. Un sentir, a nuestro juicio, cada vez más presente en las empresas, como demuestra el aumento de la demanda de este tipo de servicio en los despachos de Detectib en los últimos tiempos.

En concreto, la sentencia alude al Código Olivenza de 1997 y a sus parámetros fijados en pro de instaurar estos programas en las empresas como garantía de “un modelo de organización y de gestión eficaz”; clave para evitar la delincuencia cometida por empleados y directivos (estafa, alzamiento de bienes, administración desleal, apropiación indebida…). La valía de estos programas de Compliance en las empresas, añade la resolución del Supremo, se refleja también en su poder para dificultar acciones continuadas de abuso de funciones o de distracción de dinero, así como para detener de forma “inmediata” estas conductas en caso de producirse.

Delito continuado de apropiación indebida y de administración desleal

El pronunciamiento de la Sala se enmarca en el caso de las actuaciones del ex administrador de una empresa asturiana dedicada a la importación de Carbón de Ucrania. Según lo apuntado, el condenado se apoderó de dinero efectivo de la caja y realizó transferencias a su cuenta personal sin consentimiento de su socio italiano. El Supremo ha estimado parcialmente el recurso del ex administrador contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo, que le impuso una pena de 5 años y 9 meses y el pago de 2 millones de euros más los intereses legales por los perjuicios ocasionados a la sociedad.

La sentencia del Tribunal Supremo le impone 4 años de prisión al considerar que existió delito continuado de apropiación indebida y de administración desleal, al tiempo que mantiene los pronunciamientos restantes. La Sala destaca que la inexistencia de un control propició los hechos anteriormente señalados.

Con programas de Compliance en las empresas, afirma el Tribunal, estos casos se darían “con mayor dificultad” y no habría que esperar a que la Agencia Tributaria desvelará el fraude, tal y como sucedió en el caso señalado.

Programas de Compliance en las empresas

Los programas de Compliance Penal persiguen prevenir los riesgos del negocio ante la comisión de delitos en los quehaceres de las actividades comerciales. Para ello, los expertos en Compliance como los de Detectib realizan un completo diagnóstico de la situación de la empresa, desarrollan un plan pormenorizado de prevención de delitos y elaboran un informe de control interno para verificar el éxito del modelo.

En todo momento, el equipo formado por abogados penalistas y criminólogos de Detectib trabaja coordinadamente con los distintos departamentos de la empresa para asegurar la correcta adaptación de ésta a la normativa y evitar aquellas situaciones que podrían acarrear graves consecuencias.

Privacidad datos empresas

Compliance en el fútbol: actualización del sistema de prevención de delitos

compliance fútbolLos equipos de fútbol de primera y segunda división que no quieran quedarse fuera de juego la próxima temporada tienen hasta el próximo 31 de julio para acreditar la actualización de su sistema de prevención de delitos o Compliance Penal. Desde que la Liga lo introdujera hace tres años como un requisito de inscripción, ningún equipo deportivo puede saltar al campo sin demostrar su adaptación al nuevo marco legal. El Compliance en el fútbol trata de poner fin a la mala imagen que la corrupción y las gestiones inadecuadas han proyectado sobre este deporte, principalmente durante los últimos años.

De esta forma, la exigencia para jugar la temporada 2018/2019 sobrepasa el programa de cumplimiento normativo penal de temporadas anteriores. Se exige que la actualización del sistema no solo quede patente, sino que esté respaldada por un informe de auditoría de compliance realizado por un profesional independiente, como los realizados por el equipo de criminólogos y abogados penalistas de Detectib, también expertos en la implantación desde cero de estos tipos de programas.

Con estas justificaciones se busca prevenir y evitar la realización de infracciones internas en los clubes deportivos como son:

  • Blanqueo de capitales y delitos contra la Hacienda Pública
  • Corrupción o amaño de partidos de fútbol
  • Estafas en la compraventa de futbolistas
  • Tráfico de influencias
  • Violencia e incitación al odio en los partidos
  • Delitos de propiedad intelectual o merchandising

El periodo para acreditar tener un programa de Compliance Penal ajustado a la normativa es más amplio en el caso de los equipos que ascienden a Segunda B. Estos clubes tienen un año desde la subida de categoría para desarrollar estos sistemas de gestión y organización.

Cabe recordar que las entidades deportivas, como personas jurídicas, pueden ser responsables por la comisión de delitos a raíz de la nueva redacción del artículo 31 bis del Código Penal, introducido por la Ley Orgánica 1/2015 de 30 de marzo.

En la memoria resuenan todavía incidentes en el deporte rey como el caso Neymar (relacionado con irregularidades en el terreno fiscal en el fichaje del jugador); el caso del Club Deportivo Eldense o del Real Club Zaragoza (en relación con amaños de partidos) o la imputación del Club Atlético Osasuna (relativo a los delitos fiscales).

Desarrollar un plan de Compliance en el fútbol o en una entidad deportiva

Los programas de compliance Detectib se encaminan a evitar las infracciones penales en los clubes, a fortalecer todas las estructuras de las entidades y a lograr una correcta política de gestión y transparencia. También a minimizar los riesgos legales en caso de que los delitos acaben produciéndose.

Como punto de partida, los profesionales en Compliance Penal definen la situación actual del club de futbol, lo que implica identificar los procesos de negocio y de control, definir un mapa de riesgos y diseñar un plan de acción. A continuación, se identifican y documentan los controles de operación y se establecen los procesos de monitorización y el plan de mejora continua (Plan de Prevención de Delitos).

El siguiente paso es la elaboración de un informe de control para verificar el correcto funcionamiento del modelo de Prevención de Delitos del club de fútbol, una vez implementadas las mejoras pertinentes.

Servicios de Inteligencia e Investigación al servicio de las empresas

El mundo empresarial entraña numerosas problemáticas, algunas derivadas de la propia razón de ser del negocio y de su día a día, otras fruto de una falta de prevención, de imprudencias o de malas gestiones por parte de directivos o jefes de departamento o simplemente de cuestiones que surgen y se escapan al conocimiento de la propia empresa. Muchas firmas, todas las más relevantes de nuestro país y las de tamaño mediano – grande, se dan cuenta de que la seguridad de su negocio depende de diversos frentes a los que por sí solos no pueden prestar toda la atención que se merecen. En esos casos es donde Detectib, como equipo de investigación y expertos en inteligencia y seguridad empresarial, entra en juego y se convierte en un partner más de su día a día.

Desde hace unos años, el grueso de nuestro trabajo se ha movido desde el lado de los particulares hacia la vertiente más empresarial, incluyendo ahí también a los servicios que prestamos a bufetes de abogados, a mutuas y a aseguradoras. Aún así, las tareas orientadas a determinados servicios de empresa más concretos están acaparando de forma imparable toda la atención. Hablamos de las acciones de Cliente Misterioso; de los programas de Compliance Penal, en los que -como despacho de investigación- estamos especializados; hablamos también de análisis y estudio de la competencia, en busca de problemas de competencia desleal y filtrado de información sensible, y hablamos, por supuesto, de ciber seguridad.

La responsabilidad penal de las empresas

Los programas de Compliance Penal son vitales en la actualidad para cualquier empresa de cierta envergadura. Desde Detectib, ponemos a su servicio a todo un equipo de penalistas y criminólogos que se encargarán de coordinar todas las tareas necesarias para adaptar la firma a las nuevas normativas y leyes y protegerla ante cualquier riesgo penal al que pueda enfrentarse en el futuro. A través de un exhaustivo control y trabajo de prevención, se logrará reducir los riesgo del negocio ante una posible comisión de delitos derivados de su actividad económica.

 

Servicio inteligencia

La optimización de recursos

Nuestro negocio puede ir mal por muchas razones y, una de ellas, puede ser que aquellas personas que trabajan para nosotros y en las que más confiamos no sean como realmente pensamos que son. Los casos de investigación bajo el concepto de cliente misterioso nos han ensañado en Detectib que uno no se puede fiar nunca del todo de alguien, sobre todo si hay una relación económica y de jerarquía por medio. Aunque existen empleados ejemplares, siempre puede haber una manzana podrida entre todos ellos que acabe por ensuciar todo el ambiente y provocar problemas en el rendimiento laboral de toda la plantilla y de la atención de la misma al cliente. Nuestro trabajo es controlar estas situaciones, conseguir pruebas y evitarlas en un futuro.

La ciberseguridad

Para muchos es algo tan nuevo que ni se lo plantean en sus agendas, pero cuando uno lleva una empresa en la actualidad no puede pasar por alto la cantidad de información, dinero y datos de extrema importancia que se manejan a través de los nuevos canales de comunicación y de las nuevas tecnologías. Conocer al milímetro qué herramientas pueden ayudarnos a controlar fugas de información críticas, evitar ataques cibernéticos y mejorar los propios procesos de información internos de la corporación son pasos básicos que ayudamos a dar a todos nuestros clientes, acompañándoles desde el primer momento, con exámenes y auditorías periódicas e informes detallados.

Además de todas estas áreas, el servicio de detective privado que ofrecemos en Detectib para empresas está especializado en inteligencia industrial y finanzas. Un servicio corporativo que contempla también el seguimiento de altos cargos, la competencia desleal, el blanqueo de capitales, la corrupción interna en la empresa, entre otros. Ponemos a tu disposición una línea de teléfono totalmente gratuita (solo llamadas nacionales, tanto desde fijos como desde móviles) 900 600 200, nuestras oficinas en las principales ciudades españolas y un correo electrónico (info@detectib.com) para que cualquier responsable de empresa pueda remitirnos consultas las 24 horas.

 

Compliance penal riesgos empresas