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¿Cuándo son válidas en un juicio las pruebas de un detective privado?

Una de las primeras preguntas que reciben nuestros detectives privados vía online o en nuestras diferentes sedes de investigación privada en Mallorca, Murcia y Barcelona (con delegaciones en toda España) es acerca de la validez de las pruebas de los detectives ante un juez. La respuesta hay que buscarla en tres ejes, que tocan desde el fruto de su trabajo (vídeos, documentos, fotografías) hasta la habilitación (o no) profesional y el respeto (o vulneración) de los derechos fundamentales.

En primer lugar, hay que tener en cuenta que se trata de una profesión en la que el intrusismo también está presente. Falsos detectives copan las páginas de internet ofreciendo ilegalmente sus servicios y, por tanto, cometiendo una infracción considerada muy grave por la legislación actual. Los clientes no quedan ajenos a ello: contar con profesionales no habilitados en el ejercicio de esta actividad también supone un quebrantamiento. Por eso, antes que nada, si se quiere contratar los servicios de un detective privado, es importante  asegurarse de su habilitación como tal. Es decir, que cuenta con la Tarjeta de Identificación Profesional o TIP, expedida por la Dirección General de la Policía. Las pruebas obtenidas por un falso investigador privado no son válidas ante un Tribunal.

En segundo lugar, hay que contemplar que “no todo vale” en el ámbito de la investigación privada. Existen unos límites que este profesional está obligado a respetar para que su informe sea considerado válido. Por ejemplo, la legalidad no permite investigar delitos perseguibles de oficios y prohíbe utilizar medios que atenten contra el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen o al secreto de comunicaciones (Ver qué no puede hacer un detective privado).

En tercer lugar, la legislación es clara sobre el valor judicial de los informes de un detective privado. La ley 1/2000 de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil reconoce su trabajo como una forma específica y distinta de prueba testifical, así como sus conclusiones y observaciones basadas en “conocimientos técnicos, científicos, artísticos o prácticos”. Además, el Tribunal Supremo lo considera “testigo cualificado” en un procedimiento judicial. El interrogatorio queda limitado a aquellas preguntas reflejadas en el documento.

Por último, no puedes obviar que la contratación de un detective privado debe responder a un interés legítimo (hacer valer un derecho legítimo y legalmente reconocido). Esto tacha de la lista aspectos como investigar a tu vecino del quinto porque te gusta o saber si tu socio es infiel para poder chantajearlo. Una investigación no es legítima si no está amparada por las leyes.

¿Se pueden usar los Whatsapp como pruebas en un juicio?

Una de las preguntas más frecuentes que nos encontramos en nuestra agencia de detectives privados hace referencia a los tipos de pruebas que se pueden o no se pueden utilizar en un juicio, las que son válidas de por sí y las que precisan de un peritaje previo. Las pruebas que recaban las fuerzas de seguridad y las que puede aportar gráficamente un detective a raíz de su investigación han de ser sopesadas por el abogado del caso y luego por el resto de los integrantes del sistema judicial que forman parte del proceso en marcha. No siempre se admiten todas las pruebas, ya que todas han de pasar una exhaustiva valoración: no deben tener muestras evidentes de manipulación, han de aportar información real al caso, tienen que estar debidamente registradas y recogidas por los cauces autorizados. Así que, no, no es sencillo encontrar pruebas para un juicio. Y no, no es fácil conseguir pruebas de peso, que sean irrefutables.

Por ello, es tan habitual que tanto particulares como empresas acudan a bufetes y agencias de detectives privados para encontrar el apoyo legal necesario. En el caso de las pruebas obtenidas con cámaras, si no hay una aprobación previa por parte del juez, es muy complicado que esas imágenes sean admitidas. Al igual que sucede con las escuchas que, como se ha visto últimamente en muchos casos de corrupción, deben ser ordenadas por el sistema judicial para que estén fuera de toda duda. Sin embargo, es importante conocer que las imágenes de las cámaras de vigilancia en los espacios de trabajo, tiendas, bancos y todos los lugares de ámbito laboral sí son válidas en un juicio, por ejemplo.

Y el whatsapp, ¿qué?

Respecto a los mensajes de Whatsapp, otra de las demandas más comunes en los últimos tiempos, es importante aclarar que NO se pueden usar como prueba en juicios sin más. Antes, todos los mensajes de Whatsapp que sean susceptibles de presentarse como prueba deben ser revisados por un perito forense. Será esa figura la que determine si pueden mostrarse ante el juez. Si el perito forense los rechaza, habrá que olvidarse de ellos.

Como es cierto que existen vacíos legales y que, dado el rápido avance de las nuevas tecnologías, cada vez son más, lo ideal es que un detective privado acreditado (esta figura sí está legalmente autorizada a trabajar con pruebas y, de hecho, muchas veces colaboran de forma directa con las fuerzas de seguridad del Estado) pueda orientarnos en cada paso. En Detectib contamos con agentes de investigación especializados en informática y nuevas tecnológicas. Pregúntanos si tienes alguna duda al respecto. La primera consulta es totalmente gratuita. Recuerda que puedes hacer por teléfono en el 900 600 200 (gratuito desde España) o bien vía mail a info@detectib.com.